EL SUPREMO LIBERA A LAS ENTIDADES FINANCIERAS DEL IMPUESTO DERIVADOS DE LA CONSTITUCIÓN DE LA HIPOTECA

EL SUPREMO LIBERA A LAS ENTIDADES FINANCIERAS DEL IMPUESTO DERIVADOS DE LA CONSTITUCIÓN DE LA HIPOTECAEsta semana en JG Asociados acercamos al público una pequeña explicación y aclaraciones sobre las consecuencias de la Sentencia del Tribunal Supremo publicada la semana pasada.  

En primer lugar, debemos indicar que, hasta el momento, sólo se conocen ciertas pinceladas de la misma porque no se ha publicado la Sentencia integra. El dato conocido más relevante, y que a su vez mayores dudas está generando, es cómo afecta a los consumidores.   

El TS ha fallado de manera favorable a los bancos en relación a la asunción del gasto correspondiente al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Nuestro Alto Tribunal considera que el sujeto pasivo del hecho imponible del impuesto es el prestatario, y por tanto se ha posicionado en contra del consumidor. 

Esta Sentencia supone un auténtico varapalo para los intereses de los consumidores en lo referente a las reclamaciones por los gastos de formalización de Hipotecas. En Bizkaia, por suerte, el impuesto está exento en los préstamos hipotecarios. Sin embargo, en el resto del Estado supone el 1% del capital prestado.  

Esto no impide que las reclamaciones sigan adelante en cuanto a los gastos notariales, registrales y de gestoría. Por parte de los consumidores se exige que el banco asuma la mitad de los gastos notariales así como todos los registrales y de gestoría. Si quieres conocer tus Derechos, acércate al Despacho de JG Asociados en Santurtzi y analizaremos tus opciones sin compromiso. 

Esperamos que este post haya servido de ayuda y si quieres ampliar la información puedes contactar con nosotros a través de nuestro Formulario de Contacto.