DECLARACIONES TRIMESTRALES

Nuevos autónomos, declaraciones trimestrales, IVAEl post de esta semana de JG Asociados está dirigido principalmente a aquellos nuevos autónomos (personas físicas) que han empezado a realizar su actividad durante este año 2018. Al mismo tiempo, puede servir de recordatorio para aquellos que ya vienen cumpliendo sus obligaciones con Hacienda en anteriores ejercicios. Enumeraremos los modelos más comunes que, habitualmente, se ven obligados a presentar la mayoría de trabajadores por cuenta propia: 

Modelo 303 (IVA): Si la actividad que realizas no está exenta de IVA debes presentar este modelo, mediante el cual, se comunicará a Hacienda el total de las operaciones (ingresos y gastos) realizadas durante el primer trimestre así como el tipo de IVA aplicado a las mismas. La diferencia entre el IVA repercutido (ingresos) y el IVA soportado (gastos) marcará el resultado de la declaración de forma que, si el resultado es positivo debemos ingresar ese importe en Hacienda mientras que, por el contrario, si el importe resultante es negativo dejaremos esa cantidad a compensar para ejercicios futuros, pudiendo solicitar la devolución anual en el plazo establecido si no lo compensamos durante el ejercicio. 

Modelo 130 (Pago fraccionado): Si tus facturas las emites sin aplicar retención tendrás que cumplimentar este modelo, de manera que serás tú mismo el que te practiques la retención que corresponda y la ingreses en Hacienda. 

Modelo 115 (Retenciones de alquiler): Aquí se recogerán las retenciones procedentes del arrendamiento del local o locales que utilizas para desempeñar la actividad. Llega el momento de ingresar esa cantidad que le has retenido al arrendador durante estos tres meses. 

Modelo 110 (IRPF trabajadores): El concepto es similar al anterior. Si tienes trabajadores a tu cargo, cada mes le retienes una cantidad de su nómina, por lo que ahora la obligación del empresario es ingresar esas cantidades en Hacienda. 

Modelo 349 (Operaciones intracomunitarias): Este es un modelo meramente informativo en el que se pondrán en conocimiento de Hacienda ciertas operaciones realizadas con otros países dentro de la Unión Europea. 

Existen otros modelos menos frecuentes de carácter obligatorio que involucran algunas actividades particulares, pero no los trataremos en este post. 

Por último, comentar que las presentaciones correspondientes a este primer trimestre se realizan en el mes de abril, variando la fecha límite de cada uno en función de las circunstancias (forma de pago, provincia, etc….) así que es importante estar bien informado y cumplir con todas las obligaciones en plazo para evitar sanciones innecesarias.  

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