PROCEDIMIENTO DE CAMBIO DE NOMBRE Y APELLIDOS

Procedimiento de cambio de nombre y apellidosUn tema cada vez más recurrente, pero sobre el que surgen numerosas dudas en cuanto al procedimiento es el mecanismo para el cambio de nombre y/o apellidos. Desde JG Asociados, te ofrecemos una serie explicaciones generales que te pueden ayudar a la hora de iniciar los trámites.  

En primer lugar, el interesado puede solicitarlo cuando lo estime oportuno mediante un escrito de solicitud dirigido al Registro Civil. En algunos Registros Civiles o Juzgados de Paz es necesario solicitar cita previa. 

Respecto a los datos y documentos que se deben facilitar para iniciar el procedimiento se requieren los siguientes datos del solicitante interesado: 

– Nombre y apellidos, número del DNI, lugar y medio preferente a efectos de notificaciones así como presentar solicitud con fecha cierta en que se detallen hechos, razones y petición, figure la unidad administrativa de destino y esté firmada por el solicitante. 

A la solicitud hay que acompañar los siguientes documentos según la modalidad de tramite que estemos llevando a cabo: 

  • Cambio de nombre:

— Certificación literal de la inscripción de nacimiento del interesado, certificación del padrón municipal de habitantes, prueba testifical de, al menos, dos personas y en el supuesto de que se trate de obtener el equivalente onomástico en otra lengua española del nombre propio inscrito: acreditación de la equivalencia y de la grafía correcta del nombre solicitado salvo que fuese notoria. 

  • Cambio de apellidos:

– Certificación de nacimiento de los padres, certificado literal de matrimonio en su caso, certificado literal de nacimiento de otros ascendientes, prueba documental que acredite, en su caso, el uso o cualquier circunstancia en que se base la petición, y, en su caso, certificado de las Reales Academias de las correspondientes lenguas autonómicas para el supuesto de adaptación de apellidos a tales lenguas. 

En cuanto a los plazos de resolución, el trámite de estos expedientes se rige por las normas generales de procedimiento administrativo, por las comunes de cambio de nombre y apellidos y por la especial contenida en la normativa que regula el Registro Civil, por lo que debe estar dentro de los tres meses siguientes.  

Si tienes alguna duda, o quieres iniciar estos trámites contando con nuestros servicios, ponte en contacto en el 946412140 o pide una cita en nuestra oficina de Santurtzi.