DECLARACIÓN DE LA RENTA: UNIDAD FAMILIAR / TRIBUTACIÓN CONJUNTA

Declaracion renta conjuntaUna de las preguntas más frecuentes en el momento de realizar la declaración de la renta es ¿Qué me sale mejor, hacer declaración individual o conjunta? 

La opción de presentar la conjunta ofrece una bonificación que en muchas ocasiones ocasiona un resultado mucho más favorable que realizando declaraciones individuales. Para ello es imprescindible determinar cuál es la unidad familiar, de forma que los miembros de esta unidad podrán unificar todos sus rendimientos y tributar por los mismos conjuntamente. 

¿Quiénes forman parte de la unidad familiar? Pues bien, generalmente la formarán el matrimonio (o pareja de hecho inscrita) junto con los hijos menores de 18 años que convivan en el mismo domicilio. Sin embargo, en casos como matrimonios separados o parejas solteras con hijos comunes podrán existir dos unidades familiares diferentes: el padre con los hijos menores o la madre con ellos, pero nunca se puede pertenecer a más de una unidad familiar. El cónyuge que no forme parte de ella deberá presentar la declaración de forma individual salvo que haya constituido una nueva con otra persona. Lo idóneo es que, previa presentación, se comprueben todas las posibilidades para ver cuál es la opción que más beneficia a los contribuyentes. 

Y es que el asunto se puede complicar todavía más. No es poco frecuente que haya parejas con hijos procedentes de anteriores matrimonios. Como tampoco lo es que, debido a circunstancias económicas, haya matrimonios que convivan con los padres de uno de ellos y con sus hijos. En estos supuestos pueden existir diferentes unidades familiares en función de los rendimientos de unos y otros, y/o de los acuerdos que se hayan adoptado con respecto a los hijos en el caso de parejas o matrimonios separados. 

Hay que tener en cuenta, como ya hemos dicho anteriormente, que sólo se puede formar parte de una unidad familiar, por lo que es importantísimo comprobar a quien le beneficia más realizar la conjunta antes de presentar ninguna declaración. A su vez, habrá que justificar ante Hacienda que se cumplen todos los requisitos aportando la debida documentación en cada caso (empadronamiento, convenio regulador, etc…) 

Por todo ello, y dado que en muchas ocasiones se deja de obtener el mejor resultado debido al desconocimiento de la Norma Foral, desde JG Asociados te animamos a consultar tu situación de cara a la campaña de IRPF para no pagar ni un euro de más. 

En próximas entradas hablaremos de las deducciones que contempla la Norma y cómo aplicarlas de manera óptima. 

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