DECLARACIÓN DE LA RENTA: OBLIGACIÓN

Declaración de la RentaAún queda casi un mes para que dé comienzo de manera oficial la campaña de la renta correspondiente al ejercicio 2017. Sin embargo, es algo que está muy presente ya en la cabeza de todo el mundo. Por ello, a lo largo de este mes trataremos de abordar algunos de los aspectos más relevantes y más comunes a tener en cuenta. 

La principal duda que asalta a mucha gente es ¿tengo que hacer declaración de la renta? Pues bien, estarás obligado a presentar declaración siempre que se hayan obtenido durante el ejercicio: 

1- Rendimientos de trabajo por importe superior a los 20.000 euros brutos anuales. Este límite se ve reducido a 12.000 euros en el caso de que: 

-Se hayan percibido rendimientos de más de un pagador. 

-Se hayan suscrito diferentes contratos o se hayan prorrogado los contratos vigentes. 

-Se perciban pensiones compensatorias recibidas del cónyuge. 

Si te encuentras en el umbral entre 12.000-20.000 podrás optar a realizar declaración abreviada, siempre y cuando no haya otro requisito que te obligue a realizar declaración normal. 

2- Rendimientos brutos del capital y ganancias patrimoniales que superen conjuntamente los 1.600 euros. En este apartado hay que tener en cuenta, entre otros, los rendimientos procedentes del arrendamiento, productos financieros, venta de inmuebles, etc…. 

Existen otros supuestos (menos habituales) en los que también tendrás obligación de presentar declaración de la renta. Del mismo modo, a pesar de no tener obligación, puede suceder que en el caso de hacerla obtengas un resultado a tu favor. Por eso es altamente recomendable acudir a alguien entendido en la materia para comprobar si realmente tienes que hacerla o no, y en segundo lugar si te favorecería hacerla o no. 

En las próximas semanas hablaremos de temas tales como la unidad familiar (tributación conjunta o individual), deducciones o reducciones en base, etc…. No obstante, si tienes alguna pregunta relacionada con estos u otros temas no te quedes con la duda, en muchas ocasiones te puedes llevar una sorpresa agradable averiguando que puedes recuperar cantidades que te pertenecen de hasta 4 años atrás.  

Si quieres más detalles, acércate a nuestra oficina de Santurtzi en calle Itsasalde 45 Bajo, contacta telefónicamente en el número 946412140 o a través de nuestro Formulario de Contacto .