EL SUPREMO ESTABLECE QUE LA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD ESTÁ EXENTA EN IRPF
La semana pasada hemos tenido conocimiento de una de las noticias del año a consecuencia de una sentencia del Tribunal Supremo, el cual resuelve que la prestación por maternidad está exenta de tributar en IRPF.
Pues bien, con esta sentencia, el Tribunal Supremo ha zanjado un debate jurídico sobre si las prestaciones por maternidad debían tributar durante las 16 semanas que dura el permiso de maternidad.
El Supremo lo ha establecido confirmando la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de junio de 2017 que ordenó a la Agencia Tributaria que le devolviera a una mujer la cantidad ingresada en el IRPF de 2013 por la prestación por maternidad con cargo a la Seguridad Social.
Aquellas madres que hayan disfrutado de la prestación con posterioridad al 1 de enero de 2014 podrán reclamar a la Agencia Tributaria la devolución de lo tributado de más. El fallo del Supremo fija doctrina y es de aplicación obligada para todos los tribunales.
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