LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD
Ahora que hemos entrado en Octubre y comienzan a hacerse balances del ejercicio por parte de los autónomos, nos ha entrado al despacho alguna consulta por para acogerse a la conocida como Ley de Segunda Oportunidad (Real Decreto-Ley 172015, de 27 de Febrero, de mecanismo de Segunda Oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social).
Cualquiera no puede iniciar el procedimiento, es necesario cumplir una serie de condiciones. La ley está dirigida a particulares y autónomos que no puedan afrontar sus deudas derivadas de su actividad profesional. Existen una serie de requisitos y condiciones:
- Se debe intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial con los acreedores mediante un plan de viabilidad y un calendario.
- Se debe demostrar haber obrado con buena fe.
- Quien solicite el concurso de persona física no debe haber rechazado una oferta de empleo «adecuada a su capacidad».
Es fundamental saber que no todas las deudas desaparecen puesto que no es posible eliminar las existentes con Hacienda y la Seguridad Social.
Entra y consúltanos en nuestro despacho de JG Asociados en Santurtzi y te podemos ayudar a tramitar la solicitud correspondiente. Estamos en la calle Itsasalde 45.
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